Ir al contenido principal
Esta noticia la encuentro gracias al excelente artículo del amigo y colega Guillermo M. Zamora (@guillermozam) donde hace referencia a un caso que podriamos considerar revolucionario desde el punto de vista tecnologico por supuesto, destacando la influencia que tienen las TIC en la sociedad y los retos que plantea al Derecho. Un caso digno de análisis en el campo del Derecho.

UNA PAREJA DE BRASILEÑOS SE CASO POR INTERNET.


La original ceremonia se realizó en un juzgado de San Pablo, donde había tres computadoras conectadas a un sistema de videoconferencia • El estaba en China y ella en Francia, pero designaron a dos representantes legales para firmar la libreta • Los papás del novio siguieron la boda desde Barcelona.

No hubo invitados, ni beso, ni aplausos, aunque no faltó la pregunta de rigor. Los brasileños Rafael Nunez Sá Freire y Sara Stultz (ambos tienen 26 años) se casaron a través de Internet.

Según publicó hoy el diario Folha On Line, el novio siguió la ceremonia desde Shangai, donde vive actualmente, y ella desde Niza, en Francia. Para concretar el original casamiento, se utilizaron tres notebooks conectados al programa Skype, que permite realizar videoconferencias.

La ceremonia estuvo a cargo de un juzgado de Sao Paulo, ciudad donde se conoció la pareja. Los aspectos legales quedaron saldados con la presencia física de los procuradores, las personas designadas por los novios para firmar todos los papeles.

Los padres del novio, un publicista muy joven, siguieron la boda on line desde Barcelona. Según se informó, en agosto próximo, la pareja tiene previsto realizar una fiesta en San Pablo. Después de eso, se irían a vivir juntos a China.

FUENTE: http://www.apfdigital.com.ar/despachos.asp?cod_des=104211

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Ejemplo aplicados a la Informática que diferencian el Corpus Misticum del Corpus Mechanicum. Cuando alguna persona adquiere un Software Propietario por medio de un contrato de compra-venta, por ejemplo: S.O. Windows XP, los derechos que nacen para el comprador o adquiriente en ese momento recaerán sobre la propiedad del objeto material donde se encuentre el software, Eje: CD-Rom o DVD-Rom ( Corpus Mechanicum ).Es importante destacar que las normas legales aplicables a este caso son las que rigen en el Derecho Civil en relación a la Propiedad. En cambio el Software (Código Fuente) como obra intelectual ( Corpus Misticum ) queda amparada bajo las normas que regulan el Derecho de Autor. Otro ejemplo podría ser, en el caso de una Obra Electrónica, donde el Corpus Misticum estaría representado por la Obra como tal en formato digital, y el Corpus Mechanicum estaría representado por el Sistema Informático donde se aloja dicha obra (Eje: Servidor Web). En razón de este último ejemplo, se pod

El fraude del CEO en Venezuela

El fraude del CEO en Venezuela Hace apenas 2 días se conoció el caso sobre la detención de dos sujetos que habían “hackeado” la cuenta de correo electrónico de un empresario ferretero de la ciudad de Cabimas, Estado Zulia. Algunos medios de comunicación afirman que de acuerdo a declaraciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (@informaticoscicpc @douglasricovzla), se trata de una banda de ciberdelincuentes que tiene su centro de operaciones presuntamente en la ciudad de Bogotá, Colombia. En esta oportunidad y como punto inicial, luego de tener el control de la cuenta de e-mail de la víctima, los ciberdelincuentes procedieron a copiar toda la lista de contacto del empresario. Posteriormente, luego de un trabajo de ingeniería social por parte de los ciberdelincuentes, identificaron dentro de la lista de contactos, al administrador de una de las empresas de la víctima, y éstos usurpando la identidad del empresario, enviaron un e-mail al administ

LA SEGURIDAD DIGITAL Y CIBERDELINCUENTES

Abg. Andŕes Hernández @ciberlawyer - Consultor en Delitos Informáticos LA SEGURIDAD DIGITAL Y CIBERDELINCUENTES Cuando hablamos de "Seguridad Digital", nos referimos al establecimiento de las condiciones necesarias que garanticen la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información digital independientemente del soporte donde se encuentren. En la actualidad la protección de la información y la seguridad en Internet se ha vuelto un verdadero dolor de cabeza, para Gobiernos, grandes empresas, PyMes, y particulares. Cada uno tiene la necesidad de proteger su principal activo: La Información. Las diferencias vienen dadas en los mecanismos implementados para alcanzar la seguridad deseada, obviamente ésta en Gobiernos y empresas, sería muy distinto a los utilizados por los particulares, claro está, todo dependerá de la sensibilidad de la información. Ahora bien, muchas veces los sistemas de seguridad que se implementan no son suficientes para detener el im